Novedades para 2018

El nuevo año nos trae algunas novedades que afectarán directamente a la gestión de las comunidades de propietarios y al sector inmobiliario en general.

Nuevo reglamento europeo de protección de datos.

El 25 de mayo de 2018 acaba el plazo de adaptación al nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos (Reglamento UE 2016/679), el cual será de obligado cumplimiento a partir de esa fecha, derogando definitivamente las anteriores normativas nacionales al respecto. En España, se está llevando a cabo la tramitación parlamentaria  del Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal  que adaptará nuestra LOPD a la nueva norma europea.

Aunque fundamentalmente se mantienen las obligaciones anteriores, sí se han añadido algunos cambios a señalar:

  • Se amplía el ámbito de aplicación, afectando a empresas no europeas que traten datos de ciudadanos europeos.
  • Aparece la figura del Delegado de Protección de Datos (DPD), obligatoria dependiendo de la entidad que maneje los datos y del nivel de seguridad aplicable a los mismos.
  • Derecho al olvido, que permite borrar información personal que aparece en Internet en buscadores, redes sociales…
  • Derecho a la portabilidad, que obliga a una entidad u organización que actúa como responsable de fichero a transmitir los datos de una persona en formato estructurado, de uso común y de lectura mecánica al titular de los mismos o a un tercero autorizado por él.

Es el momento de  revisar y actualizar todos los procedimientos en materia de protección de datos para evitar posibles sanciones, las cuales oscilan entre 900 y  600.000 euros.

 

Nuevo reglamento contra incendios.

Desde el 12/12/2017 se encuentra en vigor el nuevo reglamento de protección contra incendios, recogido en el RD 513/2017, el cual establece las obligaciones de las empresas instaladoras y mantenedoras, y algunas novedades que afectan al mantenimiento de los equipos y, por tanto, a los titulares de los mismos, entre las que destacan:

  • Los elementos obligatorios de señalización luminiscente de los equipos (extintores, bies, pulsador, sirena..) hay que sustituirlos cada 10 años, excepto que el fabricante establezca otro periodo de vida útil de los mismos.
  • Las mangueras de las bocas de incendio se sustituirán cada 20 años.
  • Habrá que sustituir los detectores de incendios con más de 10 años, siempre que el fabricante no indique lo contrario.
  • La altura de instalación de los equipos deberá ajustarse a lo indicado en el Real Decreto. Esta obligación no tiene carácter retroacitvo, es decir, tiene vigencia para nuevas instalaciones realizadas a partir del 12/12/2017; las anteriores se podrán mantener como están.

 

Novedades fiscales.

La Orden HFP/1106/2017 del Ministerio de Hacienda establece, entre otros cambios, nuevos plazos para la presentación de los modelos 171, 184, 345 y 347. En los que afectan a las comunidades de propietarios, modelos 184 y 347, el nuevo plazo será antes del 31 de enero, con la salvedad de que para  el 347 este cambio comenzará a aplicarse a partir de 2019.

 

Nuevos avances tecnológicos.

Durante 2017 han ido apareciendo en España nuevas plataformas online aplicadas al sector inmobiliario, que han dado a conocer en nuestro país el término proptech, el cual puede definirse como el conjunto de aplicaciones tecnológicas, basadas en el uso de Internet, destinadas  a facilitar el acceso y  a optimizar los costes de servicios relacionados con la gestión de inmuebles ( compraventa, alquiler, inversión, tasación, mantenimiento…)

Durante 2018 y al igual que ya ha ocurrido en otros sectores (agencias de viajes, seguros, comercio, etc.), es probable que se vaya extendiendo  y asentando el uso de estas plataformas, de forma que cambie la forma en la que tradicionalmente hemos comprado o vendido una vivienda, alquilado un apartamento o realizado una inversión inmobiliaria

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