El pasado 31 de diciembre de 2015 se publicó en el B.O.R.M. la orden que aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la rehabilitación edificatoria en la Región de Murcia, dotadas inicialmente con 2.000.000 €, que se ampliarían posteriormente hasta casi 9.000.000 €.
Podrán acogerse a las ayudas los edificios:
- Finalizados antes de 1981.
- Destinados a alquiler durante más de diez años.
- Con graves daños estructurales.
Las obras subvencionables serán:
- De Conservación, detectadas como desfavorables en el lnforme de Evaluación de Edificios, y que afecten, entre otras, a:
- Cimentación: estructura e instalaciones.
- Obras de adaptación a normativa vigente en instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones.
- Obras de mejora de calidad y sostenibilidad, que reduzcan la demanda energética en al menos un 30%:
- Obras de envolvente térmica: aislamiento, carpintería, acristalamientos, dispositivos bioclimáticos, etc., ajustándose al documento básico DB-HE1 del Código Técnico de la Edificación.
- Instalación de equipos que utilicen energía Caben obras de mejora eficiencia eléctrica, ahorro de agua, residuos, aislamiento acústico…
- Instalación o sustitución de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación, etc.
- Obras de adecuación de edificios en materia de accesibilidad:
- Instalación y adaptación a normativa de ascensores, salvaescaleras y dispositivos para discapacitados
- Instalación elementos de apoyo que permitan el acceso de discapacitados a zonas
- Instalación de elementos de información, aviso u orientación en escaleras y ascensores. Elementos de comunicación entre viviendas y el exterior.
Las cuantías máximas de las subvenciones serán del 35% del coste de las obras de conservación y de mejora de calidad y sostenibilidad, y del 50 % en las de mejora de la accesibilidad, no pudiendo sobrepasar en ningún caso 11.000 € por vivienda ó por cada 100 m2 de local.
Insistir en que uno de los requisitos indispensables en todos los casos es la presentación del Informe de Evaluación de Edificios.
El plazo máximo para la presentación de las solicitudes será el 29 de febrero de 2016, y para la ejecución de las obras subvencionables, el 30 de septiembre de 2016.